No, al tratarse de un procedimiento que se tramita de mutuo acuerdo, no es necesaria la celebración de juicio, por ser las partes las que llegan a sus acuerdos en el convenio regulador, convenio que constará adjuntado en la resolución que dicte el Mediador. Se utiliza para ayudar a https://red-notice-interpol11516.full-design.com/una-llave-simple-para-abogado-unveiled-72212893